Coordinación Estatal del Servicio Profesional Docente

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Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación

Permanencia

Aviso Importante

Se les informa que la asignación de horas adicionales para quienes fueron evaluados en el Tercer y Cuarto Grupo continúa, por lo que es importante estén pendientes de su correo electrónico en Bandeja de Entrada y Spam.
 


La calidad de las prácticas de enseñanza de los docentes es uno de los factores escolares que tiene mayor incidencia en el aprendizaje de los estudiantes. Mejorar el servicio educativo que se ofrece en las escuelas de Educación Media Superior significa fortalecer el trabajo de los maestros en el aula. 
 
Este fortalecimiento requiere inicialmente la identificación de aquellos aspectos a mejorar en el quehacer del profesor, y ello puede lograrse a través de la evaluación del desempeño. La evaluación del desempeño docente contribuirá al fortalecimiento de las prácticas de enseñanza, porque sus resultados aportarán información que retroalimente a los propios maestros para mejorar su quehacer profesional, servirá como referente para la formación continua, y además tendrá impacto en los procesos de Permanencia, de Promoción y de Reconocimiento marcados en la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD).
 
La Ley General del Servicio Profesional Docente señala en el Artículo 52 que la evaluación del desempeño es obligatoria para los docentes y técnicos docentes en servicio de Educación Media Superior, y que se realizará por lo menos cada cuatro años.